Documentación para el DNI: requisitos y qué hay que llevar según el trámite (2026)

Última actualización: · Contrastado con el portal oficial del DNI de la Policía Nacional y con la web del Ministerio del Interior

Cada trámite del Documento Nacional de Identidad exige una documentación distinta, y confundirla es uno de los motivos más frecuentes de incidencias en la Unidad de Documentación de la Policía Nacional. No es lo mismo renovar un DNI por caducidad que tramitar un duplicado por pérdida, actualizar el domicilio o sacar el primer DNI: en cada caso cambia qué documentos hay que llevar, si hace falta una fotografía y si hay que pagar la tasa.

Esta guía independiente reúne los requisitos para el DNI trámite por trámite, según el Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, y la información oficial publicada por la Policía Nacional y el Ministerio del Interior, para que sepas exactamente qué hay que llevar a tu cita previa.

Respuesta rápida:
  • El DNI se tramita con presencia física, cita previa y pago de la tasa (12 € según el portal oficial, con supuestos gratuitos).
  • Renovación: el DNI anterior y una fotografía reciente de 32 × 26 mm con fondo blanco. Empadronamiento y certificado del Registro Civil solo si cambian el domicilio o la filiación.
  • Primer DNI: certificación literal de nacimiento (máximo 6 meses), fotografía y volante de empadronamiento (máximo 3 meses).
  • Pérdida o robo: denuncia (o justificante si ya la hiciste) y fotografía; la denuncia también puede presentarse en la propia Unidad de Documentación.
  • Foto en 2026: sí hay que llevarla; algunas oficinas pueden tomar la imagen en el momento, pero no todas.
  • Menores: deben acudir con quien ejerza la patria potestad o tutela, o con la persona apoderada por estos.
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Documentación para el DNI según el trámite

Esta tabla resume, de un vistazo, los documentos necesarios para el DNI en cada situación. Más abajo desarrollamos cada caso con detalle y con la fuente oficial.

Trámite DNI anterior Fotografía Documentación adicional Tasa
Renovación por caducidad Sí Sí (algunas oficinas la toman en el momento) Ninguna, salvo que cambien el domicilio o los datos de filiación 12 €
Primera expedición No Sí Certificación literal de nacimiento (máx. 6 meses) y volante de empadronamiento (máx. 3 meses) 12 €
Duplicado por pérdida o robo No Sí Denuncia, o justificante si ya se presentó ante otro organismo 12 €
Duplicado por deterioro Sí (el documento dañado) Sí Ninguna adicional 12 €
Cambio de domicilio (DNI en vigor) Sí Sí Volante de empadronamiento (máx. 3 meses) o autorización de consulta de los datos de residencia Gratis
Cambio de datos de filiación (DNI en vigor) Sí Sí Certificado del Registro Civil (máx. 6 meses) Gratis
Menores de edad Depende del trámite Sí Presencia de quien ejerza la patria potestad o tutela, o persona apoderada, con su identificación Según el motivo

Para el proceso completo de cada trámite consulta nuestras guías sobre renovar el DNI, cambio de domicilio en el DNI, pérdida o robo del DNI y DNI para menores. Si lo que necesitas es reservar fecha, mira cómo pedir cita previa paso a paso.

Requisitos generales para el DNI

Antes de entrar en cada caso, conviene tener claros los requisitos para el DNI que son comunes a todos los trámites, según el Real Decreto 255/2025 y las páginas oficiales de la Policía Nacional:

Presencia física del solicitante

El DNI se tramita en persona en una Unidad de Documentación. Si el titular es menor de edad o precisa medidas de apoyo, lo hace en presencia de quien tenga encomendada la patria potestad, la tutela o la medida de apoyo, o de la persona apoderada por estos.

Cita previa

La tramitación se realiza a través de los sistemas de cita previa. La reserva se hace en la web oficial citapreviadnie.es.

Pago de la tasa

Con carácter general, se abona la tasa legalmente establecida en la Unidad de Documentación, en efectivo o con tarjeta de crédito o débito, o por vía telemática en el momento de pedir la cita. Hay trámites gratuitos; los detallamos en la sección de tasas.

Documentos según el trámite

Lo que hay que aportar depende de si es una primera expedición, una renovación o un duplicado, y de si han cambiado tus datos. Por eso no existe una lista única: usa la tabla anterior y las secciones siguientes.

¿Hay que llevar foto para renovar el DNI en 2026?

Sí. Según la información publicada por la Policía Nacional y por el Ministerio del Interior, la fotografía reciente figura entre los documentos que se aportan en la renovación, y también en la primera expedición y en el duplicado. La respuesta tiene un matiz importante:

Cuando la oficina puede hacer la foto en el momento

El portal oficial indica que, en las Unidades de Documentación dotadas de ese recurso técnico, la fotografía puede realizarse de forma automatizada. En las oficinas con Módulo de Expedición Múltiple (destinado a renovaciones sin cambio de datos), la imagen puede tomarse al ciudadano de forma directa aunque aporte la fotografía.

Qué conviene hacer

No todas las Unidades de Documentación disponen de ese equipo y no hay forma oficial sencilla de saberlo antes de ir. Lo más prudente es llevar siempre una fotografía válida: así evitas tener que repetir la cita. Si la oficina la toma en el momento, simplemente no la utilizarán.

Los requisitos que debe cumplir la imagen están en la sección siguiente. Fuente: Renovación del DNI (Policía Nacional).

Requisitos de la fotografía para el DNI

La fotografía es, con diferencia, el elemento que más incidencias provoca. Según el portal oficial, debe ser:

  • Reciente, con una antigüedad máxima de 2 años en el caso de la renovación y de la primera inscripción, y representar fielmente a la persona. Pueden rechazarse las que hagan confusa la identificación.
  • En color, de 32 × 26 milímetros, tomada de frente.
  • Con fondo uniforme, blanco y liso.
  • Con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros ni otra prenda que impida o dificulte la identificación.
  • Con los ojos abiertos; si usas gafas de visión, deben permitir verlos.
  • Si hay flequillo, debe dejar ver cejas, ojos, nariz, boca y mentón. Las orejas no tienen por qué verse.
  • Los complementos para sujetar el pelo (diadema, horquilla, goma) deben ser discretos.

Excepciones por motivos religiosos o médicos

Se admiten fotografías con prendas de cabeza por motivos religiosos o médicos, siempre que muestren totalmente descubierto el óvalo del rostro, desde el nacimiento del pelo hasta el mentón (frente, cejas, ojos, nariz y boca). Se admiten gafas de cristales oscuros a personas invidentes o con un grave defecto visual, siempre que sea permanente o de larga duración y las usen habitualmente.

Consejos prácticos (no oficiales)

Procura un fondo realmente blanco, sin sombras, y evita accesorios que cubran parte de la cara. El portal no precisa cómo debe imprimirse la foto; como recomendación práctica, lleva una fotografía impresa y no una fotocopia. Si es para un bebé o un niño pequeño, consulta los consejos para fotos de menores.

Documentación para renovar el DNI por caducidad

Es el trámite más sencillo en cuanto a documentación. La renovación puede tramitarse dentro de los últimos 180 días de vigencia del DNI. Si tus datos personales (domicilio, filiación) no han cambiado, necesitas:

  • El DNI anterior (también si ya está caducado).
  • Una fotografía reciente (ver si hay que llevar foto).
  • El pago de la tasa (12 € según el portal oficial), en la oficina en efectivo o con tarjeta, o por vía telemática al pedir la cita.

Si aprovechas la renovación para actualizar el domicilio o los datos de filiación, deberás sumar la documentación de esos casos, que explicamos más abajo. Consulta el proceso completo en cómo renovar el DNI. Si tu documento ya ha caducado, los documentos a presentar son los de una renovación y tienes más detalles en nuestra guía sobre el DNI caducado.

Ejemplo: si tu DNI caduca dentro de cinco meses, ya estás dentro de la ventana de 180 días y puedes pedir cita para renovarlo. No necesitas esperar a que caduque.
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Primer DNI: documentación para la expedición por primera vez

Se habla de primera expedición (o primera inscripción) cuando la persona nunca ha tenido DNI: recién nacidos y niños, adolescentes (el DNI es obligatorio a partir de los 14 años) y personas que han obtenido la nacionalidad española. Como no hay un documento anterior con el que contrastar los datos, la documentación del primer DNI es algo más extensa. El portal oficial exige:

1. Certificación literal de nacimiento

Expedida por el Registro Civil, emitida solo a efectos de obtener el DNI, con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación.

2. Fotografía reciente

Con los requisitos descritos más arriba (32 × 26 mm, color, fondo blanco liso). En las oficinas dotadas del equipo necesario, la imagen puede tomarse de forma automatizada.

3. Certificado o volante de empadronamiento

Del Ayuntamiento donde la persona tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses. Los españoles residentes en el extranjero acreditan el domicilio con una certificación de la representación diplomática o consular donde estén inscritos, también con un máximo de tres meses.

4. Presencia del representante, si el titular es menor

El trámite se hace en presencia de quien tenga la patria potestad o tutela (o de la persona apoderada), con su documento de identidad. Más información en la sección de menores.

5. TIE o certificado de registro con NIE, si te has nacionalizado

Quien realiza la primera inscripción como nacionalizado y posee Tarjeta de Identificación de Extranjero o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión con NIE debe aportarla como requisito indispensable.

Importante: la certificación literal de nacimiento debe solicitarse específicamente para este trámite; un certificado de nacimiento antiguo no vale si supera los seis meses. Fuente: Primera inscripción del DNI (Policía Nacional).

Si el titular es un bebé o un niño, tienes el detalle en la guía DNI para menores.

Documentación por pérdida del DNI

El extravío del DNI obliga a su titular a proveerse inmediatamente de un duplicado. Según el portal oficial, hay que presentar denuncia por la pérdida, y tienes dos vías:

  • Presentarla ante una Oficina de Denuncias y Atención al Ciudadano y aportar el justificante el día de la cita.
  • Presentarla ante la propia Unidad de Documentación en el momento de la expedición.

Si ya denunciaste ante otro organismo (Policía Nacional, Guardia Civil, policía autonómica o local, juzgado de guardia, embajada o consulado), debes comunicarlo en la Unidad de Documentación y aportar la justificación. Además necesitarás una fotografía reciente y abonar la tasa, salvo que estés en un supuesto de gratuidad. Más detalles en pérdida o robo del DNI.

Un matiz sobre la validez del duplicado

El duplicado tiene la misma validez que el documento al que sustituye. La excepción es si el DNI extraviado se hallaba en sus últimos 90 días de vigencia: en ese caso se expide con los mismos requisitos y la misma validez que una renovación.

Documentación por robo del DNI

El procedimiento documental es el mismo que en la pérdida: la sustracción exige denuncia, que puedes haber presentado antes (ante la policía, la Guardia Civil, un juzgado de guardia, una embajada o un consulado, entre otros) o presentar en la propia Unidad de Documentación al solicitar el duplicado. Si ya la presentaste, comunícalo y lleva el justificante.

Aunque la denuncia pueda hacerse el mismo día, denunciar cuanto antes es una recomendación práctica, ya que deja constancia de la sustracción del documento. Encontrarás el paso a paso en robo del DNI.

Documentación por deterioro del DNI

Si el DNI está estropeado, también hay que solicitar un duplicado. El portal oficial aclara que el desprendimiento del chip debe tratarse como deterioro. Como conservas el documento físico, la documentación es más sencilla:

  • El propio DNI deteriorado.
  • Una fotografía reciente.
  • El pago de la tasa, salvo supuestos de gratuidad.

Las páginas oficiales exigen denuncia únicamente en los casos de extravío o sustracción, no en el deterioro. Igual que en la pérdida, el duplicado mantiene la validez del documento sustituido, salvo que estuviera en sus últimos 90 días de vigencia.

Documentación por cambio de domicilio

Para actualizar la dirección que figura en tu DNI hay que acreditar el nuevo domicilio con:

  • Un certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde tengas tu domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud.
Cuándo no hace falta aportarlo: si autorizas en el momento del trámite la consulta de tus datos de residencia, no es necesario presentar el certificado. El Ministerio del Interior habla de acceso al Sistema de Verificación de Datos de residencia y el portal del DNI precisa que el empadronamiento debe haberse hecho con al menos dos meses de antelación. Si falla la conexión o los datos no llegan, habrá que aportar el certificado o volante.

Si tu DNI sigue en vigor, esta renovación por cambio de domicilio es gratuita. Más información en cambio de domicilio en el DNI.

Documentación por cambio de datos de filiación

En caso de variación de los datos de filiación, hay que aportar un certificado del Registro Civil expedido con una antelación máxima de seis meses a la fecha de la solicitud. Al igual que el cambio de domicilio, es gratuito mientras el DNI esté en vigor. Si necesitas modificar otro dato personal, las páginas consultadas no detallan un listado específico, así que confirma con la Unidad de Documentación qué justificante debes llevar.

Documentación para el DNI de menores

El DNI de un menor se tramita en presencia de quien tenga encomendada la patria potestad o tutela, o de la persona apoderada por estos, que debe aportar su DNI, su TIE o su Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (junto con el documento de identidad o pasaporte de su país de origen si no es español).

  • Primer DNI del menor: certificación literal de nacimiento (máximo 6 meses), fotografía y volante de empadronamiento (máximo 3 meses).
  • Renovación: el DNI anterior y la fotografía. Empadronamiento y certificado del Registro Civil solo si cambian el domicilio o la filiación.
  • Identificación del acompañante en vigor.

Las fuentes oficiales no desarrollan qué documento acredita la patria potestad ni qué ocurre cuando hay desacuerdo entre progenitores o una resolución judicial; en esos supuestos consulta antes con la Unidad de Documentación. Toda la casuística, incluida la validez del DNI por edad y si deben ir los dos padres, está en DNI para menores.

Documentación para personas que precisan medidas de apoyo

Cuando el titular precisa medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, el trámite se realiza en presencia de quien tenga encomendada la tutela o la medida de apoyo, o de la persona apoderada por estas. Esa persona debe aportar su identificación.

El Ministerio del Interior indica que puede descargarse un modelo de apoderamiento y recomienda leer la nota informativa que lo acompaña. El portal del DNI también enlaza el documento Representación para la entrega DNI. Si tienes dudas sobre la documentación del caso concreto, consúltalas con la Unidad de Documentación antes de la cita.

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Documentación para españoles residentes en el extranjero

Los españoles que residen en el extranjero deben aportar, además de la documentación general, algunos justificantes específicos que recogen las páginas oficiales:

Primera inscripción

El domicilio se acredita con una certificación de la Representación Diplomática o Consular donde estén inscritos como residentes, expedida con una antelación máxima de tres meses.

Renovación en territorio nacional

Hay que aportar el Certificado de acreditación de residencia expedido por el Consulado español donde estén inscritos, con especificación del país, localidad, calle y número, si hay cambio de domicilio y el nuevo también está en el extranjero. Su antigüedad máxima es de tres meses.

Si trasladas tu residencia a España

Los titulares de documentos expedidos con domicilio en el extranjero deben renovarlos tan pronto trasladen su residencia a España, para actualizar el domicilio, aunque el documento tenga validez permanente.

Diferencias entre renovación y duplicado

Aunque ambos trámites se gestionan de forma parecida en la oficina, existe una diferencia legal importante:

Renovación Duplicado (pérdida, robo o deterioro)
Cuándo se solicita En los últimos 180 días de vigencia, o una vez caducado Inmediatamente tras el extravío, la sustracción, la destrucción o el deterioro
Validez del nuevo documento La que corresponde a la edad del titular La del documento sustituido, salvo que estuviera en sus últimos 90 días de vigencia
Documento anterior Se aporta No se aporta en pérdida o robo; en el deterioro se entrega el dañado
Denuncia No Solo en extravío o sustracción

Cuándo no hace falta presentar ciertos documentos

  • Empadronamiento: en una renovación solo se pide si cambia el domicilio, y ni siquiera entonces si autorizas la consulta de tus datos de residencia y esta ofrece resultado.
  • Certificación de nacimiento: en una renovación no se pide, salvo que cambien los datos de filiación (entonces se pide un certificado del Registro Civil). En la primera expedición sí es obligatoria.
  • Denuncia previa por pérdida o robo: no es obligatorio haberla presentado antes; puede hacerse en la Unidad de Documentación en el momento de la expedición.
  • DNI anterior: no puede aportarlo quien lo ha perdido o se lo han robado; sí quien tramita una renovación o un duplicado por deterioro.
  • Fotografía: si la oficina la toma en el momento, no se utiliza la tuya, pero conviene llevarla siempre (más información).

Qué hay que llevar al DNI: checklist para el día de la cita

Revisa la lista que corresponda a tu caso antes de salir de casa. No todos los documentos son obligatorios en todos los trámites.

Renovación por caducidad

  • Confirmación de la cita previa (fecha, hora y oficina)
  • DNI anterior
  • Fotografía reciente de 32 × 26 mm
  • Justificante de pago si pagaste online; si no, efectivo o tarjeta
  • Solo si procede: volante de empadronamiento (cambio de domicilio) o certificado del Registro Civil (cambio de filiación)

Primer DNI

  • Confirmación de la cita previa
  • Certificación literal de nacimiento, de menos de 6 meses
  • Fotografía reciente de 32 × 26 mm
  • Volante de empadronamiento de menos de 3 meses (o certificación consular si resides en el extranjero)
  • Si el titular es menor: DNI o documento de identidad de quien lo acompaña
  • Si te has nacionalizado: tu TIE o certificado de registro con NIE
  • Justificante de pago o medio de pago en la oficina

Pérdida o robo

  • Confirmación de la cita previa
  • Justificante de la denuncia, si la presentaste antes (si no, se presenta en la Unidad de Documentación)
  • Fotografía reciente
  • Justificante de pago o medio de pago

Deterioro

  • Confirmación de la cita previa
  • El DNI deteriorado (también si se ha desprendido el chip)
  • Fotografía reciente
  • Justificante de pago o medio de pago

Cambio de domicilio o de filiación

  • Confirmación de la cita previa y DNI en vigor
  • Fotografía reciente
  • Volante de empadronamiento de menos de 3 meses, salvo que autorices la consulta y esta funcione
  • Certificado del Registro Civil de menos de 6 meses, si cambian los datos de filiación

Errores más frecuentes

  • Presentar un volante de empadronamiento con más de tres meses.
  • Aportar una certificación del Registro Civil con más de seis meses.
  • Confundir un certificado de nacimiento cualquiera con la certificación literal expedida a efectos del DNI en la primera expedición.
  • Llevar una fotografía con fondo incorrecto (gris, con sombras), con gafas oscuras o con más de dos años.
  • Acudir sin el representante legal cuando el titular es menor de edad.
  • No llevar el medio de pago o no conservar el justificante si pagaste al reservar la cita.
  • Confundir los requisitos de una renovación con los de un duplicado, sobre todo en lo relativo a la denuncia.
  • Aplicar la gratuidad del cambio de datos con el DNI ya caducado: exige que el documento esté en vigor.
  • Esperar con un DNI ya caducado pensando que cambia la documentación: no cambia, pero consulta la guía del DNI caducado.

Qué hacer si falta un documento el día de la cita

Las páginas oficiales no describen un procedimiento específico para cuando falta un documento. En la práctica, si falta alguno obligatorio, es habitual que no pueda completarse el trámite y haya que pedir otra cita. Para evitarlo, revisa la documentación de tu caso con antelación, sobre todo si depende de un certificado que debes pedir a otro organismo (Registro Civil, Ayuntamiento), ya que puede tardar varios días.

Si tienes que reprogramar y el trámite es urgente (un viaje inminente, por ejemplo), revisa las opciones para pedir una cita urgente para el DNI.

Tasa, formas de pago y trámites gratuitos

Según el portal oficial, la tasa del DNI está fijada actualmente en 12 euros y se actualiza mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Comprueba siempre el importe en la página oficial de tasas.

Supuesto Tasa
Primera expedición, renovación por caducidad o duplicado 12 €
Renovación con el DNI en vigor por cambio de datos (filiación o domicilio) Gratuita
Cualquier expedición acreditando familia numerosa (carné o título en vigor) Gratuita
Menores de 14 años en una unidad de convivencia que solicite el ingreso mínimo vital Exentos

Puedes pagar en la Unidad de Documentación en efectivo o con tarjeta bancaria, o con tarjeta por vía telemática en el momento de solicitar la cita en citapreviadnie.es. Consulta el desglose en tasas del DNI en 2026.

Cita previa: qué revisar antes de reservarla

La cita se reserva en citapreviadnie.es. Antes de confirmarla, decide qué trámite vas a hacer (primer DNI, renovación o duplicado), porque de ello depende la documentación que debes tener lista. Si la renovación es por caducidad, recuerda que solo puede tramitarse en los últimos 180 días de vigencia. Tienes el proceso completo en cómo pedir cita previa y, si no hay huecos o tienes prisa, en cita urgente para el DNI.

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Identificación necesaria para acceder a la gestión de la cita previa del DNI.

Sobre esta guía y fuentes oficiales

Esta página es una guía informativa independiente sobre trámites del Documento Nacional de Identidad en España. No es un sitio oficial ni sustituye la información de los organismos públicos competentes, y no constituye asesoramiento jurídico. El contenido se basa en:

Los requisitos concretos pueden variar ligeramente según los medios técnicos de cada oficina (toma de fotografía, consulta del padrón), por lo que ante cualquier duda sobre tu caso confírmalo en la fuente oficial antes de la cita.

Preguntas frecuentes sobre la documentación del DNI

¿Qué documentación necesito para renovar el DNI?

El DNI anterior, una fotografía reciente de 32 × 26 mm y el pago de la tasa (12 € según el portal oficial), salvo que estés exento. Solo hay que sumar el volante de empadronamiento si cambia el domicilio o el certificado del Registro Civil si cambian los datos de filiación.

¿Qué requisitos hay para el DNI?

Presencia física del solicitante, cita previa, pago de la tasa y los documentos que correspondan al trámite: DNI anterior y fotografía en una renovación; certificación literal de nacimiento, fotografía y volante de empadronamiento en la primera expedición; denuncia en caso de pérdida o robo.

¿Qué hay que llevar al DNI el día de la cita?

La confirmación de la cita, la fotografía reciente, el DNI anterior si lo tienes, el justificante de pago o medio de pago, y los documentos específicos de tu caso: certificación de nacimiento, volante de empadronamiento, certificado del Registro Civil o justificante de denuncia.

¿Hay que llevar foto para renovar el DNI en 2026?

Sí, la fotografía reciente figura entre los documentos que se aportan. Según el portal oficial, algunas Unidades de Documentación pueden tomar la imagen en el momento, incluso aunque aportes la tuya, pero no todas disponen de ese equipo, así que conviene llevarla siempre.

¿Qué documentación necesito para el primer DNI?

Certificación literal de nacimiento del Registro Civil con una antigüedad máxima de seis meses, una fotografía reciente y un certificado o volante de empadronamiento con un máximo de tres meses. Si el titular es menor, debe acudir con quien ejerza la patria potestad o tutela.

¿Qué documentación se necesita para la expedición del DNI?

Depende del trámite: primera expedición, renovación o duplicado. Todos requieren presencia física, cita previa y pago de la tasa, y la lista de documentos cambia según el caso, por lo que conviene consultar la tabla por trámite de esta guía.

¿Qué documentos necesita un menor para el DNI?

Si es la primera vez, certificación literal de nacimiento, fotografía y volante de empadronamiento; si es una renovación, el DNI anterior y la fotografía. En ambos casos debe acudir con quien ejerza la patria potestad o tutela, o con la persona apoderada, que se identifica con su documento.

¿Qué documentos hacen falta por pérdida del DNI?

Una denuncia por el extravío, que puede presentarse en una Oficina de Denuncias y Atención al Ciudadano o en la propia Unidad de Documentación en el momento de la expedición, una fotografía reciente y el pago de la tasa.

¿Qué documentos hacen falta por robo del DNI?

Denuncia de la sustracción, presentada antes o en la Unidad de Documentación al solicitar el duplicado. Si ya denunciaste ante otro organismo, debes comunicarlo y aportar el justificante. Además, fotografía reciente y tasa.

¿Qué documentos hacen falta por deterioro del DNI?

El propio documento dañado, una fotografía reciente y la tasa. El desprendimiento del chip se considera deterioro. Las páginas oficiales no exigen denuncia en este caso.

¿Qué documentos hacen falta por cambio de domicilio?

Un certificado o volante de empadronamiento de menos de tres meses, salvo que autorices la consulta de tus datos de residencia y esta funcione. Con el DNI en vigor, la renovación por cambio de domicilio es gratuita.

¿Qué documentos hacen falta por cambio de datos de filiación?

Un certificado del Registro Civil expedido como máximo seis meses antes de la solicitud. Con el DNI en vigor, la renovación por cambio de datos de filiación es gratuita.

¿Necesito certificado de empadronamiento siempre?

No. En una renovación solo si cambia el domicilio, y tampoco entonces si autorizas la consulta de tus datos de residencia y esta ofrece resultado. En la primera expedición, el volante de empadronamiento sí figura entre los documentos exigidos.

¿Necesito certificado de nacimiento para renovar el DNI?

No, salvo que cambien los datos de filiación: entonces se pide un certificado del Registro Civil de menos de seis meses. En la primera expedición sí es obligatoria la certificación literal de nacimiento.

¿Qué requisitos debe cumplir la fotografía del DNI?

Color, 32 × 26 mm, fondo blanco liso, de frente, cabeza descubierta, ojos abiertos, sin gafas de cristales oscuros y con una antigüedad máxima de dos años. Se admiten prendas de cabeza por motivos religiosos o médicos si dejan visible el óvalo del rostro.

¿Puedo usar una fotocopia de la fotografía del DNI?

El portal oficial no detalla el soporte de impresión. Pide una fotografía reciente de 32 × 26 mm, así que lo prudente es llevar una foto impresa y no una fotocopia; ante la duda, consulta con la Unidad de Documentación.

¿Cuándo puedo renovar el DNI?

La renovación puede tramitarse dentro de los últimos 180 días de vigencia del documento, es decir, unos seis meses antes de la fecha de caducidad, y también una vez caducado.

¿Qué pasa si falta un documento el día de la cita?

Las páginas oficiales no describen un procedimiento específico. Lo habitual es que, si falta un documento obligatorio, no pueda completarse el trámite y haya que solicitar otra cita, por lo que conviene revisar la documentación con antelación.

¿Qué documentos tienen fecha de caducidad para presentarlos?

La certificación literal de nacimiento y el certificado del Registro Civil, con un máximo de seis meses; el volante o certificado de empadronamiento y las certificaciones consulares de residencia, con un máximo de tres meses; y la fotografía, con un máximo de dos años.

¿Quién debe acompañar a un menor a la cita del DNI?

Quien tenga encomendada la patria potestad o tutela, o la persona apoderada por estos, que debe aportar su DNI, TIE o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, junto con su documento de identidad o pasaporte de origen si no es español.

¿Qué documentación necesitan las personas que precisan medidas de apoyo?

El trámite se hace en presencia de quien tenga encomendada la tutela o la medida de apoyo, o de la persona apoderada por estas. El Ministerio del Interior ofrece un modelo de apoderamiento con una nota informativa que conviene leer.

¿Qué ocurre con los españoles residentes en el extranjero?

Además de la documentación general, acreditan el domicilio con una certificación consular de residencia de menos de tres meses. Quienes tengan un DNI expedido con domicilio en el extranjero deben renovarlo cuando trasladen su residencia a España.

¿Necesito el TIE o el NIE para mi primer DNI si me he nacionalizado español?

Sí. En la primera inscripción como nacionalizado, quien tenga Tarjeta de Identificación de Extranjero o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión con NIE debe aportarlo como requisito indispensable.

¿Es obligatorio denunciar la pérdida o el robo del DNI?

Sí, en caso de extravío o sustracción hay que presentar denuncia, pero puede hacerse directamente ante la Unidad de Documentación en el momento de la expedición del nuevo documento. Si ya se denunció ante otro organismo, se aporta el justificante.

¿El duplicado tiene la misma validez que el DNI anterior?

Sí, salvo que el documento sustituido estuviera en sus últimos 90 días de vigencia: en ese caso se expide con los mismos requisitos y la misma validez que una renovación.

¿Cuánto cuesta el DNI y cuándo es gratis?

Según el portal oficial, la tasa es de 12 euros. Es gratuita la renovación con el DNI en vigor por cambio de datos de filiación o domicilio, cualquier expedición acreditando familia numerosa y, para los menores de 14 años, cuando integran una unidad de convivencia que solicita el ingreso mínimo vital.

¿Cómo se puede pagar la tasa del DNI?

En la Unidad de Documentación, en efectivo o con tarjeta de crédito o débito, o con tarjeta por vía telemática en el momento de solicitar la cita previa en citapreviadnie.es.

¿Hace falta cita previa para el DNI?

Sí, la tramitación se realiza a través de los sistemas de cita previa. Se reserva en la web oficial citapreviadnie.es, donde también puede pagarse la tasa por vía telemática.

¿Qué diferencia hay entre renovar el DNI y pedir un duplicado?

La renovación se hace por caducidad o por cambio de datos, aportando el DNI anterior. El duplicado se pide tras un extravío, sustracción, destrucción o deterioro y mantiene la validez del documento sustituido, salvo que estuviera en sus últimos 90 días de vigencia.